Modelo 720: qué es, quién debe presentarlo y cómo (2026)
Actualizado el 2026-08-01 · Óscar Sanz
El Modelo 720 es, probablemente, el trámite fiscal que más dudas genera entre quienes empiezan a mover sus ahorros fuera de la banca española — ya sea con Raisin, Trade Republic, Interactive Brokers o Degiro. No es un impuesto: es una declaración informativa, y entenderla bien evita tanto sustos innecesarios como sanciones reales por no presentarla cuando corresponde.
¿Qué es el Modelo 720?
El Modelo 720 es la declaración informativa anual con la que Hacienda (la Agencia Tributaria, AEAT) exige a los residentes fiscales en España que informen sobre bienes y derechos que tienen en el extranjero, cuando su valor supera ciertos umbrales. No declarar algo en el Modelo 720 no significa pagar más impuestos por ello — es una obligación de informar, no una declaración-liquidación. Lo que sí tiene consecuencias reales es no presentarlo cuando existe obligación de hacerlo.
Los tres bloques del Modelo 720 (y por qué importa que sean tres)
Es el punto que más gente entiende mal: el Modelo 720 no tiene un único umbral de 50.000€ sobre el total de tus bienes en el extranjero. Se divide en tres bloques independientes, y el umbral de 50.000€ se evalúa por separado en cada uno:
- Bloque 1 — Cuentas: cuentas corrientes, de ahorro o cuentas remuneradas en bancos extranjeros (incluida la "Cuenta de Pagos" de plataformas como Raisin), con el saldo a 31 de diciembre o el saldo medio del último trimestre.
- Bloque 2 — Valores y seguros: acciones, fondos de inversión, planes de pensiones extranjeros y seguros de vida con valor de rescate, contratados a través de brokers como Interactive Brokers, Degiro, XTB o similares.
- Bloque 3 — Bienes inmuebles: pisos, locales o derechos sobre inmuebles situados fuera de España.
Esto significa, en la práctica, que puedes tener 40.000€ en una cuenta remunerada europea y 60.000€ en un inmueble en el extranjero, y solo tendrías obligación de declarar el bloque de inmuebles — el de cuentas, al no superar su propio umbral de 50.000€, no genera obligación.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?
Cualquier persona física o jurídica residente fiscal en España que, a 31 de diciembre, tenga bienes o derechos en alguno de los tres bloques por un valor superior a 50.000€ en ese bloque concreto — con independencia del número de titulares que haya sobre esos bienes (no se reparte el umbral entre cotitulares).
Si ya lo presentaste el año pasado, no tienes que volver a presentarlo automáticamente cada año: solo es obligatorio repetirlo si el valor conjunto de algún bloque ha aumentado más de 20.000€ respecto a la última declaración presentada, o si has dejado de tener alguno de los bienes que declaraste.
Plazo de presentación
El Modelo 720 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información — es decir, la información de un ejercicio se declara durante el primer trimestre del año siguiente. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Qué pasaba antes con las sanciones (y por qué cambió)?
Esta es la parte de la historia que explica por qué algunas búsquedas relacionan el Modelo 720 con la palabra "ilegal": el régimen sancionador original era desproporcionado, y un tribunal europeo lo tumbó.
- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó sentencia el 27 de enero de 2022, declarando que el régimen sancionador específico del Modelo 720 era contrario al Derecho de la Unión Europea, por vulnerar el principio de libre circulación de capitales.
- El problema no era la obligación de declarar en sí, sino las sanciones: hasta entonces, el simple incumplimiento, o un error en la declaración, podía acarrear una multa del 150% del valor de los bienes no declarados, además de multas fijas de 5.000€ por cada dato omitido o incorrecto (con un mínimo de 10.000€).
- España aprobó la Ley 5/2022, de 9 de marzo, que eliminó ese régimen sancionador específico. La obligación de declarar se mantiene exactamente igual — lo que desapareció fueron las sanciones desproporcionadas, que ahora se rigen por el régimen sancionador general de la Ley General Tributaria, igual que cualquier otra declaración informativa.
En resumen: el Modelo 720 sigue siendo obligatorio en 2026, pero ya no expone a las multas extremas que tuvo entre 2013 y 2022.
Modelo 720 y criptomonedas: por qué no es el modelo correcto
Si tienes criptomonedas custodiadas en exchanges extranjeros (Binance, Kraken y similares) y buscas "modelo 720 criptomonedas", la respuesta correcta es que las criptomonedas en el extranjero no se declaran en el Modelo 720, sino en el Modelo 721, creado específicamente para ellas:
- Mismo umbral: 50.000€ de valor conjunto a 31 de diciembre.
- Mismo plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.
- Solo aplica a criptomonedas custodiadas por terceros extranjeros. Si las tienes en un exchange español registrado en el Banco de España, ese exchange ya informa a Hacienda mediante el Modelo 172, así que no tienes que declararlas tú en el 721.
- Igual que el Modelo 720, una vez presentado no hay que repetirlo cada año salvo que el saldo conjunto haya aumentado más de 20.000€ respecto a la última declaración.
"Modelo 720" en la Generalitat Valenciana: un trámite distinto y sin relación
Si has buscado "modelo 720 GVA" o "modelo 720 ATV" y esperabas encontrar el Modelo 720 de Hacienda, conviene aclarar la confusión: en el sistema tributario de la Generalitat Valenciana, el código "720" identifica un trámite completamente distinto — una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) por importes de hasta 50.000€, gestionada a través de la ATV (Agencia Tributaria Valenciana). No tiene ninguna relación con la declaración informativa de bienes en el extranjero de la Agencia Tributaria estatal — solo coinciden en el número.
Modelo 720 y plataformas de ahorro/inversión extranjeras: casos reales
Como cada vez más ahorradores españoles usan plataformas europeas para sacar más rentabilidad, esto es lo que aplica en los casos más buscados:
- Raisin: el saldo en la Raisin Cuenta de Pagos y los depósitos contratados a través de la plataforma en bancos europeos cuentan dentro del Bloque 1 (cuentas) si superan los 50.000€ conjuntos. Lo explicamos también en nuestra opinión sobre Raisin.
- Trade Republic: al ser una cuenta remunerada en un banco alemán, aplica el mismo criterio del Bloque 1 si el saldo supera el umbral.
- Interactive Brokers y Degiro: las posiciones en acciones, fondos o ETFs mantenidas en estos brokers extranjeros entran dentro del Bloque 2 (valores), no del Bloque 1.
Qué declarar, paso a paso
- Identifica en qué bloque(s) entran tus bienes en el extranjero (cuentas, valores/seguros, inmuebles).
- Suma el valor de cada bloque por separado a 31 de diciembre del ejercicio que declaras.
- Si algún bloque supera los 50.000€, tienes obligación de declarar ese bloque (los demás, si no superan su propio umbral, no es necesario).
- Presenta el Modelo 720 de forma telemática entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 720
¿El Modelo 720 es un impuesto que tengo que pagar?⌄
No. Es una declaración informativa: no implica pagar ningún impuesto adicional por el simple hecho de presentarla. Lo que sí puede tener consecuencias es no presentarla cuando existe obligación de hacerlo.
¿Tengo que declarar todos mis bienes en el extranjero si suman más de 50.000€ entre todos?⌄
No necesariamente. El umbral de 50.000€ se evalúa por separado en cada uno de los tres bloques (cuentas, valores y seguros, inmuebles). Puedes superar el umbral en un bloque y no en otro, y solo declararías el bloque que lo supera.
¿Sigo teniendo que presentar el Modelo 720 cada año si ya lo hice el año pasado?⌄
No de forma automática. Solo tienes que volver a presentarlo si el valor conjunto de algún bloque ha aumentado más de 20.000€ respecto a la última declaración, o si ha cambiado la titularidad de algo que ya declaraste.
¿Es verdad que el Modelo 720 era ilegal?⌄
No la obligación de declarar en sí, sino el régimen de sanciones que tenía hasta 2022. El TJUE declaró desproporcionadas esas sanciones (hasta 150% del valor no declarado) en una sentencia de enero de 2022, y España las eliminó con la Ley 5/2022. La obligación de declarar se mantiene en vigor.
¿Las criptomonedas se declaran en el Modelo 720?⌄
No. Las criptomonedas custodiadas en exchanges extranjeros se declaran en el Modelo 721, un modelo específico creado para ellas, con el mismo umbral (50.000€) y el mismo plazo que el Modelo 720.
¿Qué es el "modelo 720" de la Generalitat Valenciana?⌄
Es un trámite distinto y sin relación: una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales gestionada por la Agencia Tributaria Valenciana (ATV). Solo coincide el número con el Modelo 720 estatal de Hacienda.
¿Cuándo se presenta el Modelo 720?⌄
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información, de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Para seguir leyendo
Si lo que buscas es dónde rentabilizar tus ahorros teniendo en cuenta esta obligación, consulta nuestra comparativa de mejores cuentas remuneradas 2026 o nuestra opinión sobre Raisin, la plataforma europea de depósitos que más relación tiene con este trámite.